INGRESA CONSULTA DE CONSTITUCIONALIDAD SOBRE LAS ATRIBUCIONES DE JUECES CONTENCIOSOS EN LEY CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA

Creado en Viernes, 07 Junio 2013

INGRESA CONSULTA DE CONSTITUCIONALIDAD SOBRE LAS ATRIBUCIONES DE JUECES CONTENCIOSOS EN LEY CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA

 

CONTENCIOSO. 11-4831 / 7250-13. (31/05/2013) ATRIBUCIONES DE JUECES CONTENCIOSOS EN LEY CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA. Consulta Judicial referente a los artículos 20,21 y 22 de la Ley contra la Delincuencia Organizada. No. 8754. Se consulta a la Sala Constitucional el criterio sobre la constitucionalidad de las normas y disposiciones aludidas, en tanto y cuanto se otorga una competencia al juez de lo contencioso administrativo para imponer medidas cautelares y sanciones de perdida de patrimonio obtenido por fuentes ilícitas que es propio, lo que a juicio de la juez consultante, es propio del ámbito penal. Con base en las consideraciones dadas en la sentencia, se evacuan las consultas judiciales de constitucionalidad acumuladas en el sentido que los artículos 20, 21 y 22 de la Ley Contra la Delincuencia Organizada no lesionan los ordinales 35 y 49 de la Constitución Política.

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