PROCLAMACIÓN DE LA PAZ COMO DERECHO HUMANO Y DE COSTA RICA COMO PAÍS NEUTRAL
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA
DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA, DECRETA:
PROCLAMACIÓN DE LA PAZ COMO DERECHO
HUMANO Y DE COSTA RICA COMO PAÍS NEUTRAL
ARTÍCULO 1.- Costa Rica es una república democrática, libre e independiente.
ARTÍCULO 2.- La paz es un derecho humano fundamental. El Estado promoverá, defenderá y garantizará la paz por todos los medios posibles y mediante la aplicación de su neutralidad activa en los conflictos entre Estados e internamente en los países, según lo que dispongan los tratados internacionales, sus principios y propósitos, y la ley.
Costa Rica es neutral ante todos los conflictos armados internacionales y ante todos los conflictos armados dentro de otros Estados, de conformidad con lo que disponen esta ley y el derecho internacional.
Se prohíbe la instalación, en territorio nacional, de cualquier industria para la fabricación de armas de guerra.
El Estado incluirá, por medio del Consejo Superior de Educación Pública, en sus programas de educación, principalmente preescolar, primaria y secundaria, contenidos curriculares que propugnen y cimenten la cultura de paz; para ello, se apoyará en el Instituto Costarricense de la Neutralidad, la Paz y la Democracia, así como en la Universidad para la Paz, entidad afiliada a la Organización de las Naciones Unidas, con sede principal en nuestro país, para que con esas instituciones se alienten los estudios de paz en los centros educativos y se contribuya con todo ello al establecimiento de una cultura de paz en la sociedad costarricense.
Rige a partir de su publicación.
COMISIÓN LEGISLATIVA PLENA TERCERA.- Aprobado el doce de noviembre de dos mil catorce.
Víctor Hugo Morales Zapata Carmen Quesada Santamaría
PRESIDENTE SECRETARIA
ASAMBLEA LEGISLATIVA.- A los veinte días del mes de noviembre de dos mil catorce.
COMUNÍCASE AL PODER EJECUTIVO
Henry Manuel Mora Jiménez
PRESIDENTE
Luis Alberto Vásquez Castro Jorge Rodríguez Araya
PRIMER SECRETARIO SEGUNDO SECRETARIO
Dado en la Presidencia de la República, San José, a los veintiún días del mes de noviembre del año dos mil catorce.
Ejecútese y publíquese
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, Manuel A. González Sanz.—La Ministra de Educación Pública a. í., Alicia Vargas Porras.—1 vez.—O. C. Nº 24160.—Solicitud Nº 3770.—C-24760.—(L9288-IN2015011721).