CÓDIGO PROCESAL DE FAMILIA
Creado en Viernes, 14 Febrero 2020
9747
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA DECRETA:
CÓDIGO PROCESAL DE FAMILIA
ARTÍCULO 1- Se dicta el presente Código Procesal de Familia:
NORMAS PRELIMINARES OBJETO Y PRINCIPIOS
Artículo 1- Objeto
El presente Código establece la normativa procesal para hacer efectivas las normas jurídicas sustanciales relacionadas con la materia familiar.