LEY DE ACOGIMIENTO PRENATAL
- Detalles
- Creado en Miércoles, 09 Octubre 2024 16:25
LEY DE ACOGIMIENTO PRENATAL
N° 10506
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
DECRETA:
LEY DE ACOGIMIENTO PRENATAL
ARTÍCULO 1- Derechos y procedimientos para el acogimiento prenatal Toda mujer gestante, de cuyo proyecto de vida no forme parte asumir el cuido del ser en gestación una vez que se verifique el nacimiento, tiene derecho a formular solicitud de acogimiento prenatal ante los servicios de salud públicos o privados. Esta manifestación podrá hacerla también ante el Patronato Nacional de la Infancia (PANI).
La mujer expresará en la solicitud de acogimiento prenatal:
REFORMAS CÓDIGO DE FAMILIA
- Detalles
- Creado en Lunes, 06 Junio 2022 20:58
REFORMAS CÓDIGO DE FAMILIA
LA GACETA 100, 31 DE MAYO DE 2022
REFORMA DEL ARTÍCULO 242 DE LA LEY 5476,
CÓDIGO DE FAMILIA, DE 21 DE DICIEMBRE DE 1973
ARTÍCULO ÚNICO- Se reforma el artículo 242 de la Ley 5476, Código de Familia, de 21 de diciembre de 1973. El texto es el siguiente:
Artículo 242- La unión de hecho pública. notoria, única y estable, por más de dos años, entre dos personas que posean aptitud legal para contraer matrimonio, surtirá todos los efectos patrimoniales propios del matrimonio formalizado legalmente.
Rige a partir de su publicación.
REFORMA DE VARIAS LEYES PARA EL RECONOCIMIENTO DE DERECHOS A MADRES Y PADRES DE CRIANZA
- Detalles
- Creado en Jueves, 05 Mayo 2022 17:26
10166
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA
DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
DECRETA:
REFORMA DE VARIAS LEYES PARA EL RECONOCIMIENTO
DE DERECHOS A MADRES Y PADRES DE CRIANZA
PUBLICADO EN LA GACETA Nº82 DEL 5 DE MAYO DE 2022
ARTICULO 1- Objeto
El objeto de la presente ley es el reconocimiento de derechos sociales a las personas que se han desempeñado como madres o padres de crianza, a fin de brindarles protección, especialmente en la edad adulta mayor. Mediante esta ley no se modifican las relaciones de filiación ni la asignación de la responsabilidad parental o sus atributos, los cuales continuarán rigiéndose por el Código de Familia y demás legislación aplicable.
LEY 9904: REFORMA DE LA ENTRADA EN VIGENCIA DE LA LEY 9747, CÓDIGO PROCESAL DE FAMILIA, DEL 23 DE OCTUBRE DE 2019
- Detalles
- Creado en Martes, 29 Septiembre 2020 21:27
LEY 9904: REFORMA DE LA ENTRADA EN VIGENCIA DE LA LEY 9747, CÓDIGO PROCESAL DE FAMILIA, DEL 23 DE OCTUBRE DE 2019
PUBLICADO EN EL ALCANCE 257 A LA GACETA 239 DEL 29 DE SETIEMBRE DE 2020
ARTÍCULO ÚNICO- Para que se modifique la fecha de entrada en vigencia de la Ley N.°9747 Código Procesal de Familia, del 23 de octubre de 2019 y se lea de la siguiente manera:
Este Código regirá en su integridad a partir del 01 de octubre de 2022. Se mantiene en vigencia el Transitorio III, como lo dispone la Ley N.°9747 Código Procesal de Familia, del 23 de octubre de 2019.
INFORME. ALCANCES MATRIMONIO IGUALITARIO TSE
- Detalles
- Creado en Martes, 16 Junio 2020 21:22
11 de junio de 2020
CFCI-0001-2020
Licenciado
Erick Adrián Guzmán Vargas
Secretario General
ASUNTO: Remisión de informe requerido por el TSE sobre las implicaciones de la derogatoria del artículo 14 inc. 6. del Código de Familia.
Estimado señor:
En el oficio n.º STSE-0971-2020 del 2 de junio, con instrucciones del Tribunal Supremo de Elecciones, se nos solicitó rendir informe acerca de “las implicaciones legales y registrales” que traía consigo “la entrada en vigencia de la inscripción de matrimonios entre parejas del mismo sexo”.
Así, en cumplimiento de tal encargo y dentro del plazo conferido, procedemos a referirnos a la citada temática en los siguientes términos.
[Ver adjunto]
CÓDIGO PROCESAL DE FAMILIA
- Detalles
- Creado en Viernes, 14 Febrero 2020 04:19
9747
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA DECRETA:
CÓDIGO PROCESAL DE FAMILIA
ARTÍCULO 1- Se dicta el presente Código Procesal de Familia:
NORMAS PRELIMINARES OBJETO Y PRINCIPIOS
Artículo 1- Objeto
El presente Código establece la normativa procesal para hacer efectivas las normas jurídicas sustanciales relacionadas con la materia familiar.