CORTE IDH. DERECHOS Y GARANTÍAS DE NIÑAS Y NIÑOS EN EL CONTEXTO DE LA MIGRACIÓN Y/O EN NECESIDAD DE PROTECCIÓN INTERNACIONAL. OPINIÓN CONSULTIVA OC-21/14 DE 19 DE AGOSTO DE 2014. SERIE A NO. 21

Creado en Jueves, 11 Septiembre 2014

Corte Interamericana de Derechos Humanos

Opinión Consultiva OC-21/14 de 19 de AGOSTO de 2014

Solicitada por la República Argentina, la república federativa de brasil, la República del Paraguay y la república oriental del Uruguay derechos y garantías de niñas y niños EN EL CONTEXTO DE LA MIGRACIÓN y/o en necesidad de protección internacionalla Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la Corte Interamericana”, “la Corte” o “el Tribunal”), integrada por los siguientes Jueces*:

 

Humberto Antonio Sierra Porto, Presidente;

Roberto F. Caldas, Vicepresidente;

Manuel E. Ventura Robles, Juez;

Diego García-Sayán, Juez;

Eduardo Vio Grossi, Juez; y

Eduardo Ferrer Mac-Gregor Poisot, Juez;

presentes, además,

Pablo Saavedra Alessandri, Secretario, y

Emilia Segares Rodríguez, Secretaria Adjunta,

 

De conformidad con el artículo 64.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (en adelante “la Convención Americana” o “la Convención”) y con los artículos 70 a 75 del Reglamento de la Corte (en adelante “el Reglamento”), emite la siguiente Opinión Consultiva, que se estructura en el siguiente orden:

 


*           El Juez Alberto Pérez Pérez no participó, por motivos de fuerza mayor, en la deliberación y firma de esta Opinión Consultiva

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2016. Derecho al día.