LEY PARA LA GESTIÓN DE LAS REPOSICIONES DE LAS CÉDULAS DE IDENTIDAD
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- Creado en Miércoles, 25 Mayo 2022 17:12
LEY PARA LA GESTIÓN DE LAS REPOSICIONES DE LAS CÉDULAS DE IDENTIDAD
La Gaceta Nº95 del 24 de mayo de 2022
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA
DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
DECRETA:
LEY PARA LA GESTIÓN DE LAS REPOSICIONES
DE LAS CÉDULAS DE IDENTIDAD
ARTÍCULO 1- El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) podrá cobrar las reposiciones de las solicitudes de cédula de identidad a partir de la segunda solicitud de reposición en un mismo año calendario; salvo a las personas con discapacidad, adultos mayores, población indígena y cedulación en cárceles. Por vía reglamentaria, el Tribunal Supremo de Elecciones podrá establecer otros casos de excepción, teniendo en cuenta criterios de extrema pobreza y desempleo.
LEY ORGÁNICA DEL COLEGIO DE OPTOMETRISTAS DE COSTA RICA
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- Creado en Martes, 26 Abril 2022 23:05
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA DECRETA:
LEY ORGÁNICA DEL COLEGIO DE OPTOMETRISTAS DE COSTA RICA
ARTÍCULO 1- Naturaleza jurídica El Colegio de Optometristas de la República de Costa Rica es un ente público no estatal, con personalidad jurídica propia, integrado por todos los profesionales en optometría incorporados a él y autorizados legalmente para ejercer la optometría en el territorio nacional. Su domicilio estará en la ciudad de San José y podrá tener sedes en otras partes del país. Las disposiciones que rigen el Colegio de Optometristas no serán aplicables a los médicos oftalmólogos, quienes deberán ajustarse a las regulaciones del ejercicio de su profesión.
AMPLIACIÓN TEMPORAL DE LA RESTRICCIÓN VEHICULAR EN HORARIO NOCTURNO PARA MITIGAR LOS EFECTOS DEL COVID-19
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- Creado en Martes, 31 Marzo 2020 15:58
REGLAMENTO PARA LA COORDINACIÓN DE LAS FACULTADES DE LOS INSPECTORES INSTITUCIONALES DE TRANSITO DEL MINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICA CON LA POLICÍA DE TRÁNSITO
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- Creado en Martes, 31 Marzo 2020 15:56
DECRETO EJECUTIVO Nº42254-MSP-MOPT
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, EL MINISTRO DE SEGURIDAD PÚBLICA Y EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
Con fundamento en los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; artículos 25, inciso I) y 28, inciso 2), acápites a) y b) de la Ley General de la Administración Pública Nº 6227 del 2 de mayo de 1978; Ley de Creación del Ministerio de·Obras Públicas y Trasportes, Ley número 3155 del 5 de agosto de 1963; Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres y Seguridad Vial y sus reformas, Ley número 9078 del 4 de octubre de 2012; Ley de Autorización a la Fuerza Pública para que complemente el trabajo de la Policía de Tránsito en el Control y la Vigilancia Vehicular, Ley número 9589 del 4 de julio de 2018: y,
LEY 2821: LEY QUE AUTORIZA EL OTORGAMIENTO DE UN SEGUNDO BONO FAMILIAR DE VIVIENDA PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD
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- Creado en Martes, 31 Marzo 2020 15:52
LEY 2821: LEY QUE AUTORIZA EL OTORGAMIENTO DE UN SEGUNDO BONO FAMILIAR DE VIVIENDA PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD
ARTÍCULO 1- Se reforma el párrafo tercero del artículo 50 de la Ley 7052, Ley del Sistema Financiero Nacional para la Vivienda y Creación del Banhvi (Banco Hipotecario de la Vivienda), de 13 de noviembre de 1986. El texto es el siguiente:
ALCANCE DIGITAL 66 A LA GACETA 65 DEL 30 DE MARZO DE 2020
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- Creado en Martes, 31 Marzo 2020 15:49
DIRECTRICES GENERALES DE POLÍTICA PRESUPUESTARIA, SALARIAL, EMPLEO, INVERSIÓN Y ENDEUDAMIENTO PARA ENTIDADES PÚBLICAS, MINISTERIOS Y ÓRGANOS DESCONCENTRADOS, SEGÚN CORRESPONDA, CUBIERTOS POR EL ÁMBITO DE LA AUTORIDAD PRESUPUESTARIA, PARA EL AÑO 2021