EL ARTÍCULO 81 DE LA LEY N° 9095, LEY CONTRA LA TRATA DE PERSONAS, REFORMA EL ARTÍCULO 33 DEL CÓDIGO PROCESAL PENAL DE LA SIGUIENTE MANERA
"ARTÍCULO 81.- Reforma del artículo 33 del Código Procesal Penal
Se reforma el artículo 33 del Código Procesal Penal. El texto dirá:
LA LEY N° 9095, LEY CONTRA LA TRATA DE PERSONAS, REFORMA EL CÓDIGO PENAL DE LA SIGUIENTE MANERA
ARTÍCULO 74.- Reformas al Código Penal
Se reforman los artículos 192, 193 y 376 del Código Penal. Los textos dirán:
“Artículo 192.- Privación de libertad agravada
La pena de prisión será de cuatro a diez años cuando se prive a otro de su libertad personal, si media alguna de las siguientes circunstancias:
LA LEY N° 9095 LEY CONTRA LA TRATA DE PERSONAS Y CREACIÓN DE LA COALICÓN NACIONAL CONTRA EL TRÁFICO ILÍCITO DE MIGRANTES Y LA TRATA DE PERSONAS, REFORMA LA LEY N° 8764, LEY GENERAL DE MIGRACIÓN Y EXTRANJERÍA
ARTÍCULO 82.- Reforma del artículo 107 de la Ley N.º 8764
Se reforma el artículo 107 de la Ley N. ° 8764, Ley General de Migración y Extranjería. El texto dirá:
LA LEY N° 9095, CONTRA LA TRATA DE PERSONAS, REFORMA LA LEY REGULADORA DE LOS DERECHOS DE SALIDA DEL TERRITORIO NACIONAL
ARTÍCULO 86.- Reforma del artículo 2 de la Ley N.º 8316
Se reforma el artículo 2 de la Ley N.° 8316, Ley Reguladora de los Derechos de Salida del Territorio Nacional, de 26 de setiembre de 2002. El texto dirá:
LEY N° 9095, LEY CONTRA LA TRATA DE PERSONAS, REFORMA EL CODIGO DE FAMILIA
ARTÍCULO 87.- Adición del inciso e) al artículo 158 del Código de Familia
Se adiciona el inciso e) al artículo 158 del Código de Familia. El texto dirá:
“Artículo 158.-
[…]
e) Cuando uno o ambos padres sustraigan, retengan, ocasionen lesiones, vendan, promuevan, legitimen o faciliten, por cualquier medio, que las personas menores de edad bajo su autoridad parental sean víctimas de trata o actividades conexas.”
ANÁLISIS DE LOS DELITOS DE ENRIQUECIMIENTO ILÍCITO, COHECHO IMPROPIO Y PRUEBA TRAÍDA DEL EXTRANJERO
Criterio de oportunidad reglado: Análisis de la figura del “imputado colaborador” y su imposibilidad de ser tomada como única prueba, sino más bien como un indicio que debe ser sometido a corroboración. Análisis de la prescripción. Imposibilidad de dar carácter retroactivo a la ley procesal. Análisis de la norma procesal que declara el procedimiento de tramitación compleja en etapas preparatoria e intermedia. Denegatoria de justicia, al no cumplir el tribunal con su deber de pronunciarse sobre la acción civil resarcitoria
TRIBUNAL DE APELACIÓN DE SENTENCIA PENAL Resolución: 2012-2550 Expediente: 04-006835-0647-PE (9)
TRIBUNAL DE APELACIÓN DE SENTENCIA PENAL, Segundo Circuito Judicial de San José. Goicoechea, a las trece horas del veintiuno de diciembre de dos mil doce.
RECURSOS DE CASACIÓN Y DE APELACIÓN interpuestos en la presente causa seguida contra XXX, JJJ, EEE, AFG, GGG, BBB. LGG, EEFG, MMM y VVV, por los delitos de PENALIDAD DEL CORRUPTOR POR CORRUPCIÓN AGRAVADA EN LA MODALIDAD DE COHECHO IMPROPIO, CORRUPCIÓN AGRAVADA EN SU MODALIDAD DE COHECHO IMPROPIO, FRAUDE DE SIMULACIÓN, ENRIQUECIMIENTO ILÍCITO Y RECEPTACIÓN, en perjuicio de los DEBERES DE LA FUNCIÓN PÚBLICA, EL INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD Y DE LOS INTERESES COLECTIVOS Y DIFUSOS. Intervienen en la decisión del recurso los jueces Alfredo Chirino Sánchez y Jorge Luis Arce Víquez, y la jueza Sandra Zúñiga Morales. Se apersonaron en esta sede: los defensores, fiscales del Ministerio Público y BBB, en calidad de representante del Instituto Costarricense de Electricidad