NACIONES UNIDAS: CONSEJO DE DERECHOS HUMANOS APRUEBA RESOLUCIÓN PARA INVESTIGAR ATAQUES DE ISRAEL EN GAZA
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- Creado en Domingo, 27 Julio 2014 02:26
El Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, mediante resolución S-21/1 con fecha del 23 de julio del 2014, aprobó (por 29 votos a favor, uno en contra y 17 abstenciones) crear una comisión internacional de investigación sobre las posibles violaciones a los derechos humanos cometidas durante la ofensiva militar israelí en Gaza de las últimas semanas, cuyo saldo en víctimas mortales palestinas supera las 650 personas, de las cuales 170 son niños.
SENTENCIA DEL CASO URRUTIA LAUBREAUX VS. CHILE
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- Creado en Martes, 10 Noviembre 2020 05:21
Sentencia del Caso Urrutia Laubreaux Vs. Chile
Corte Interamericana de Derechos Humanos
La Corte Interamericana de Derechos Humanos encontró responsable internacionalmente al Estado de Chile por la violación de los derechos a la libertad de pensamiento y expresión (artículo 13), a las garantías judiciales (artículo 8.1, 8.2.b y 8.2.c), y al principio de legalidad (artículo 9), en relación con la obligación de respetar y garantizar dichos derechos (artículo 1.1) y el deber de adoptar disposiciones de derecho interno (artículo 2), en perjuicio del Juez Daniel David Urrutia Laubreaux.
SENTENCIA CORTE INTERAMERICANDA DE DERECHOS HUMANOS: Caso CARRANZA ALARCÓN VS. ECUADOR
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- Creado en Viernes, 20 Marzo 2020 19:19
ECUADOR ES RESPONSABLE INTERNACIONALMENTE POR LA ARBITRARIEDAD Y DURACIÓN IRRAZONABLE DE LA PRISIÓN PREVENTIVA, ASÍ COMO POR LA VIOLACIÓN DEL PRINCIPIO DE PRESUNCIÓN DE INOCENCIA
OPINIÓN CONSULTIVA SOBRE LA IINSTITUCIÓN DEL ASILO Y SU RECONOCIMIENTO COMO DERECHO HUMANO EN EL SISTEMA INTERAMERICANO DE PROTECCIÓN
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- Creado en Lunes, 16 Julio 2018 08:25
Julio de 2018- El 30 de mayo de 2018 la Corte Interamericana de Derechos Humanos (“la Corte”) emitió una Opinión Consultiva sobre la institución del asilo y su reconocimiento como derecho humano en el sistema interamericano, la cual fue notificada el día de hoy. Dicha Opinión consultiva fue presentada por el Estado del Ecuador. El texto de la Opinión se encuentra disponible aquí.
COSTA RICA NO ES RESPONSABLE DE VIOLAR EL DERECHO A RECURRIR EL FALLO EN EL CASO AMRHEIN Y OTROS VS. COSTA RICA
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- Creado en Martes, 10 Julio 2018 21:16
COSTA RICA NO ES RESPONSABLE DE VIOLAR EL DERECHO A RECURRIR EL FALLO EN EL
CASO AMRHEIN Y OTROS VS. COSTA RICA
San José, Costa Rica. 10 de julio de 2018- En la Sentencia notificada el día de hoy en el caso Amrhein y otros Vs. Costa Rica, la Corte Interamericana de Derechos Humanos declaró que en la legislación costarricense existían recursos que permitían obtener una revisión integral de las condenas penales impuestas y en consecuencia declaró que el Estado no era responsable de la violación del derecho a recurrir el fallo condenatorio. El texto íntegro de la Sentencia puede consultarse en el siguiente enlace:
OPINIÓN CONSULTIVA S OBRE IDENTIDAD DE GÉ NERO, Y NO DISCRIMINACIÓN A PAR EJAS DEL MISMO SEXO
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- Creado en Miércoles, 10 Enero 2018 03:25
OPINIÓN CONSULTIVA SOBRE IDENTIDAD DE GÉNERO, Y NO DISCRIMINACIÓN A PAREJAS DEL MISMO SEXO
San José, Costa Rica, 9 de enero de 2018.
El 24 de noviembre de 2017, la Corte Interamericana de Derechos Humanos adoptó una Opinión Consultiva sobre Identidad de Género e Igualdad y no Discriminación a parejas del mismo sexo la cual fue notificada el día de hoy. Los textos de la Opinión y de los votos separados de dos de los jueces se encuentran disponibles aquí.
Derecho a la identidad de género y procedimientos de cambio de nombre. En su decisión, la Corte reiteró su jurisprudencia constante en el sentido que la orientación sexual, y la identidad de género son categorías protegidas por la Convención Americana.
Por ello, está proscrita cualquier norma, acto o práctica discriminatoria basada en estas características de la persona. Reiteró, de igual forma, que la falta de un consenso al interior de algunos países sobre el respeto pleno por los derechos de ciertos grupos o personas que se distinguen por su orientación sexual, su identidad de género o su expresión de género, reales o percibidas, no puede ser considerado como un argumento válido para negarles o restringirles sus derechos humanos o para perpetuar y reproducir la discriminación histórica y estructural que estos grupos o personas han sufrido
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