REGLAMENTO AL CÓDIGO DE MINERÍA DECRETO EJECUTIVO N° 43443-MINAE
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA DECRETA:
LEY ORGÁNICA DEL COLEGIO DE OPTOMETRISTAS DE COSTA RICA
ARTÍCULO 1- Naturaleza jurídica El Colegio de Optometristas de la República de Costa Rica es un ente público no estatal, con personalidad jurídica propia, integrado por todos los profesionales en optometría incorporados a él y autorizados legalmente para ejercer la optometría en el territorio nacional. Su domicilio estará en la ciudad de San José y podrá tener sedes en otras partes del país.
LEY ORGÁNICA DEL COLEGIO DE OPTOMETRISTAS DE COSTA RICA
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA DECRETA:
LEY ORGÁNICA DEL COLEGIO DE OPTOMETRISTAS DE COSTA RICA
ARTÍCULO 1- Naturaleza jurídica El Colegio de Optometristas de la República de Costa Rica es un ente público no estatal, con personalidad jurídica propia, integrado por todos los profesionales en optometría incorporados a él y autorizados legalmente para ejercer la optometría en el territorio nacional. Su domicilio estará en la ciudad de San José y podrá tener sedes en otras partes del país. Las disposiciones que rigen el Colegio de Optometristas no serán aplicables a los médicos oftalmólogos, quienes deberán ajustarse a las regulaciones del ejercicio de su profesión.
NICARAGUA: A PROPÓSITO DE LA RENUNCIA UNO DE LOS PRINCIPALES ARTÍFICES DE LOGROS OBTENIDOS ANTE LA JUSTICIA INTERNACIONAL
Nicaragua: a propósito de la renuncia uno de los principales artífices de logros obtenidos ante la justicia internacional
Nicolás Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público
Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR).
Recientemente, la prensa internacional se ha hecho eco de una carta de renuncia suscrita por el jurista norteamericano Paul Reichler: en ella, da por terminada su relación con Nicaragua por casi 40 años de servicios como asesor legal (véase nota de la DW y nota de ElPaís de España, así como esta nota de El Confidencial en Nicaragua).
UCRANIA / RUSIA: A PROPÓSITO DE LAS MEDIDAS PROVISIONALES ORDENADAS A RUSIA POR LA CIJ
Ucrania / Rusia: a propósito de las medidas provisionales ordenadas a Rusia por la CIJ
Nicolás Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público
Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR)
El pasado 16 de marzo, la Corte Internacional de Justicia (CIJ) de La Haya ordenó medidas provisionales a Rusia, respondiendo a una solicitud urgente depositada por Ucrania el pasado 26 de febrero ante esta jurisdicción internacional.
Como se recordará, desde la madrugada del 24 de febrero, Ucrania es objeto de una agresión militar por parte de Rusia, que esta última denomina oficialmente como una simple "operación militar especial": cualquier desliz en Rusia en un medio de prensa al respecto tiene graves consecuencias, tal y como lo denuncia este comunicado de la ONG Amnistía Internacional (AI).
ACUERDO DE ESCAZÚ: CHILE SE APRESTA A RECTIFICAR, COSTA RICA LIMITÁNDOSE CON LOS DEMÁS SOLAMENTE A... ¿MIRAR?
Acuerdo de Escazú: Chile se apresta a rectificar, Costa Rica limitándose con los demás solamente a... ¿mirar?
Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público
Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR)
"En los años anteriores de conflicto armado hubo muchos líderes que también sufrieron y fueron desaparecidos. Los que asesinaron a mi hijo pensaron que estábamos en esa época todavía, en la que un líder se levantaba a reclamar sus derechos y todos los demás se quedaban callados. Pero se equivocaron, porque yo no me voy a callar", Rodrigo Tot, líder q’eqchi de Agua Caliente en Guatemala, entrevista a El País (España), artículo publicado el 10/02/2022
Introducción
TRIBUNAL DE APELACIÓN DE SENTENCIA DE CARTAGO: ANÁLISIS DE TIPICIDAD DEL DELITO DE AGRESIÓN CONTRA PERSONA ADULTA MAYOR/ FUNDAMENTACIÓN DE LA PENA: DEBER DE CONSIDERAR SI LA APLICACIÓN DEL CONCURSO MATERIAL ES MÁS FAVORABLE PARA EL IMPUTADO O SI LA APLICA
TRIBUNAL DE APELACIÓN DE SENTENCIA DE CARTAGO: ANÁLISIS DE TIPICIDAD DEL DELITO DE AGRESIÓN CONTRA PERSONA ADULTA MAYOR/ FUNDAMENTACIÓN DE LA PENA: DEBER DE CONSIDERAR SI LA APLICACIÓN DEL CONCURSO MATERIAL ES MÁS FAVORABLE PARA EL IMPUTADO O SI LA APLICACIÓN SEPARADA DE CADA PENA PERMITE LA APLICACIÓN DE UNA PENA ALTERNATIVA
Res: 2021-432
Exp: 21-000533-0219-PE
Tribunal de Apelación de Sentencia Penal de Cartago, sección Segunda. A las once horas diez minutos del cinco de agosto de dos mil veintiuno.
Recurso de apelación de sentencia penal interpuesto en la presente causa seguida contra [Nombre 002], [...], por el delito de Tentativa de hurto simple y otros, en perjuicio de [Nombre 001] y otro. Intervienen en la decisión del recurso la jueza Xiomara Gutiérrez Cruz, así como, los jueces Jaime Robleto Gutiérrez y Marco Mairena Navarro. Se apersonó en apelación el licenciado Edwin Montenegro Cedeño, en calidad de defensor público del imputado.
Resultando: