OBSERVACIONES FINALES DEL COMITÉ DE DERECHOS HUMANOS A INFORME DE COSTA RICA: BREVES APUNTES

Observaciones finales del Comité de Derechos Humanos a informe de Costa Rica: breves apuntes

Nicolas Boeglin (*)

Las recientes observaciones del Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas a Costa Rica en materia de derechos humanos constituyen una nueva advertencia sobre la imperiosa necesidad de remediar álgidos temas de derechos humanos que se han venido postergando desde varios años. Tratándose de un Estado que durante más de dos años se mantuvo en una situación incómoda al desacatar un fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, estas y otras advertencias anteriores hechas desde Naciones Unidas ameritan ser objeto de especial atención por parte de las autoridades. Adicionalmente, merecen ser conocidas y divulgadas en su integralidad por las organizaciones sociales que denuncian, desde muchos años, la peligrosa deriva que exhibe el aparato estatal costarricense en la materia.

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“LAS GARANTÍAS EN EL PENSAMIENTO DE BECCARIA Y SU VIGENCIA EN LA ACTUALIDAD: A PROPÓSITO DE LOS AUTO-ENGAÑOS DE LOS JURISTAS”

“Las Garantías en el Pensamiento de Beccaria y su Vigencia en la Actualidad: A Propósito de los Auto-engaños de los Juristas”

Prof. Dr. Gustavo Chan Mora

Universidad de Costa Rica

Introducción.

Nos convocan a disertar acerca de la vigencia que tienen en la actualidad las garantías pensadas por Cesare Beccaria en 1764. El tema, así planteado, es terreno fértil para el auto-engaño del que, lamentablemente, gozan en muchas ocasiones los juristas. Digo esto porque al igual que sucede con cualquier otro tema en el derecho, la respuesta que demos sobre la vigencia de tales garantías dependerá de la mirada que privilegiemos, del enfoque que utilicemos, para acercarnos a este tema. En general, podemos aproximarnos al Derecho como objeto de estudio desde tres grandes perspectivas: una perspectiva filosófico jurídica, una perspectiva dogmática y una perspectiva sociológico-jurídica. El concepto de “vigencia de la garantías” es poroso, tiene varios significados, dependiendo de la perspectiva que utilicemos para aproximarnos a él.

 

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WALMART Y LA POLÍTICA CRIMINAL

WALMART Y LA POLÍTICA CRIMINAL

Roberto Madrigal Zamora

Cédula 1-723-460

El periódico La Nación del domingo 5 de octubre de 2014 (página 13A) reseña una entrevista a la señora Yolanda Fernández, vocera de la cadena de negocios Walmart, a propósito de la noticia difundida por ese mismo periódico ese mismo día de que juzgar hurtos en los que dicha empresa se ve perjudicada por artículos cuyo valor ronda los 5.000 colones le cuesta al estado costarricense un promedio de 7 millones de colones.

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POLÍTICA CRIMINAL: ¿QUIÉN DECIDE?

Política criminal: ¿Quién decide?

Cecilia Sánchez Romero

 

Confirmar que el hurto de cinco mil colones, según la información del diario La Nación del 5 de octubre en curso, le cuesta al país siete millones y que estos hechos son reiterados, no debe pasarnos inadvertido.  El tipo de bienes que se sustrae, la condición económica de los autores, la forma en que se ha tipificado el delito y la negativa de los afectados a aceptar medidas distintas a la acusación penal, son una prueba irrefutable de la urgencia de construir una política criminal que, seriamente, con criterios científico sociales, respaldo estadístico, participación comunitaria, incluyente y democrática, pueda orientar el rumbo del tratamiento del tema de la conflictividad social en el país.

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LUCHA CONTRA LA TORTURA Y LOS MALOS TRATOS EN COSTA RICA: BREVES REFLEXIONES

Lucha contra la tortura y los malos tratos en Costa Rica: breves reflexiones

Con ocasión del Día Internacional en apoyo de las víctimas de la tortura, 26 de junio de 2014

Nicolás Boeglin

Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, UCR

 

El pasado 26 de junio, se conmemoró en todo el mundo el Día Internacional en Apoyo de las Víctimas de la Tortura, tal como proclamado por las Naciones Unidas en 1997 mediante resolución 52/149 de su Asamblea General (ver texto): esta fecha del calendario remite a la entrada en vigor, el 26 de junio de 1987,  de la Convención de las Naciones Unidas contra la Tortura y los Tratos o Penas Crueles Inhumanos o Degradantes, suscrita en el año 1984. Es menester desde ya señalar que cuando se habla de la lucha contra la tortura, se incluye también la lucha contra los tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes que violentan los principios más básicos de la dignidad humana: los malos tratos que lleguen a calificarse como inhumanos, o crueles, o degradantes, son tan violatorios como la tortura, razón por la que ambas expresiones son indivisibles. Los estándares internacionales, en particular los del sistema interamericano de derechos humanos, así como la jurisprudencia en materia de integridad personal y privación de libertad (ver estudio) de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, con sede en San José (Costa Rica) constituyen a ese respecto una útil guía. En uno de sus fallos (caso Montero Aranguren y otros versus Venezuela), la Corte Interamericana sentenció que: “el espacio de aproximadamente 30 centímetros cuadrados por cada recluso es a todas luces inaceptable y constituye en sí mismo un trato cruel, inhumano y degradante, contrario a la dignidad inherente del ser humano y, por ende, violatorio del artículo 5.2 de la Convención” (párr. 89). Para dar otro ejemplo en América Latina, el Procurador General en Colombia en el año 2003 ya advertía en un pronunciamiento que: “De acuerdo con el parámetro internacional, cualquier sistema de reclusión o prisión que trabaje bajo condiciones de hacinamiento superiores a 20 por ciento (es decir, 120 personas recluidas por 100 plazas disponibles) se encuentra en estado de “sobrepoblación crítica”. Una situación de “sobrepoblación crítica” puede generar violaciones o desconocimiento de los derechos fundamentales de los internos” (p. 3).

 

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CAPSULA INFORMATIVA NO. 11 EL DELITO DE CAMBIO DE USO DEL SUELO. DELITO DE EFECTOS PERMANENTES

   FISCALIA ADJUNTA AGRARIO AMBIENTAL

MINISTERIO PÚBLICO       

EL DELITO DE CAMBIO DE USO DE LA TIERRA (delito de efectos permanentes)    

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2016. Derecho al día.