TRIBUNAL AMBIENTAL EN CHILE CONFIRMA SANCIÓN A MINERA CANDELARIA POR CASI 2.800 MILLONES DE $

Según se lee en la prensa (véase nota de La Tercera), la empresa minera a cargo del proyecto minero de Candelaria en Chile no logró obtener el rechazo de una sanción y deberá pagar la suma de 2.798 millones de pesos chilenos, equivalente a unos 4.441.000 US$ por concepto de daño ambiental causado. Se trata de un importante complejo minero en la región de Atacama (véase informe técnicotitulado "Technical Report for the Candelaria Copper Mining Complex, Atacama Region, Region III, Chile"). 

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A PROPÓSITO DE UN RECIENTE REPORTAJE SOBRE LA PIÑA COSTARRICENSE DIFUNDIDO POR LA DW (ALEMANIA)

A propósito de un reciente reportaje sobre la piña costarricense difundido por la DW (Alemania) 

Nicolas Boeglin

Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, UCR

Hace unas semanas, una cadena de televisión alemana proyectó un reportaje sobre la piña costarricense denominada "Sweet Gold" o MD-2 que se importa en grandes cantidades en Alemania (véase  enlace  en You Tube del documental titulado "Costa Rica: el precio de la piña | DW Documental"). La MD-2 se ha impuesto en el mercado mundial, sustituyendo otras variedades de piña, como la "Hawaiana" o la "Cayena". 

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LA REVOLUCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS AMBIENTALES Y DE LOS DERECHOS DE LA NATURALEZA

LA REVOLUCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS AMBIENTALES Y DE LOS DERECHOS DE LA NATURALEZA

Mario Peña Chacón[1]

En los últimos tiempos, tanto a nivel global como regional, hemos venido experimentando lo que se podría denominar una verdadera revolución en materia de derechos humanos ambientales y de derechos de la naturaleza.

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CEPAL: TRATADO VINCULANTE SOBRE AMBIENTE Y DERECHOS HUMANOS

El pasado 4 de marzo finalizó en Costa Rica la novena ronda de negociaciones sobre un instrumento jurídicamente vinculante para América Latina sobre la protección a los derechos de acceso a la información, a la participación pública y al acceso a la justicia en asuntos ambientales (Principio 10 de la Declaración de Río de Janeiro de 1992).

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MUCHO MÁS QUE UNA RESPUESTA A COLOMBIA: A PROPÓSITO DE LA OPINIÓN CONSULTIVA OC-23 DE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS SOBRE AMBIENTE Y DERECHOS HUMANOS

Mucho más que una respuesta a Colombia: a propósito de la Opinión Consultiva OC-23 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre ambiente y derechos humanos

Nicolás Boeglin

Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR)

 
El 7 de febrero del 2018, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) dio a conocer su respuesta a una solicitud de opinión consultiva que le hiciera Colombia el 14 de marzo del 2016. Se trata de la Opinión Consultiva "OC-23", titulada oficialmente "Obligaciones estatales en relación con el medio ambiente en el marco de la protección y garantía de los derechos a la vida y a la integridad física - Interpretación y alcance de los artículos 4.1 y 5.1, en relación a los artículos 1.1. y 2 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos".

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DESAFÍOS Y OPORTUNIDADES DE LA SALA CONSTITUCIONAL DE CARA A LA OPINIÓN CONSULTIVA DE LA CORTE IDH SOBRE MEDIO AMBIENTE Y DERECHOS HUMANOS

DESAFÍOS Y OPORTUNIDADES DE LA SALA CONSTITUCIONAL DE CARA A LA OPINIÓN CONSULTIVA DE LA CORTE IDH SOBRE MEDIO AMBIENTE Y DERECHOS HUMANOS

Mario Peña Chacón[1]

La Corte Interamericana de Derechos Humanos, a través de la Opinión Consultiva OC-23-17 de fecha 15 de noviembre de 2017, sobre el efecto de las obligaciones derivadas del derecho ambiental en relación con las obligaciones de respeto y garantía de los derechos humanos establecidas en la Convención Americana de Derechos Humanos, fue enfática, contundente y categórica en reconocer y otorgar el carácter instrumental de ciertos derechos humanos de procedimiento incluidos en la Convención Americana, tales como el derecho al acceso a la información ambiental, participación pública y acceso a la justicia ambiental, en la medida en que permiten la satisfacción de otros derechos incluidos en la Convención, tales como salud, vida e integridad personal.

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2016. Derecho al día.