UTILIDAD Y PERTINENCIA JURÍDICA DEL RECONOCIMIENTO DE LOS DERECHOS DE LA NATURALEZA. EL CASO DEL PÁRAMO DE PISBA

UTILIDAD Y PERTINENCIA JURÍDICA DEL RECONOCIMIENTO DE LOS DERECHOS DE LA NATURALEZA.  EL CASO DEL PÁRAMO DE PISBA

Mario Peña Chacón[1]

El pasado 9 de agosto de 2018, el Tribunal Administrativo de Boyacá, Colombia, emitió la sentencia de acción de tutela por medio de la cual confirmó el fallo del 29 de mayo de 2018 del Juzgado Segundo Administrativo Oral del Segundo Circuito de Duitama; declaró plenamente aplicable el proceso de delimitación del Páramo de Pisba bajo criterios eminentemente científicos y en el marco de un procedimiento previo, amplio, participativo, eficaz y deliberativo; otorgó al Páramo de Pisba estatus de sujeto de derecho; prohibió autorizar nuevos planes de manejo ambiental que tengan por objeto servir de requisito a la obtención de un título minero en las zonas que sean delimitadas como páramo y  ordenó el restablecimiento de los derechos afectados y compensación a las personas afectados por el proceso de delimitación.

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TRANSPARENCIA Y RENDICIÓN DE CUENTAS EN EL ESTADO DE DERECHO AMBIENTAL

TRANSPARENCIA Y RENDICIÓN DE CUENTAS EN EL ESTADO DE DERECHO AMBIENTAL

Mario Peña Chacón[1]

De conformidad con la Declaración Mundial de la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (UICN) acerca del Estado de Derecho en materia ambiental, un Estado de Derecho en materia ambiental posee una serie de obligaciones de carácter procedimental y sustantivo ligadas a la buena gobernanza, entre ellas: el respeto a los derechos humanos; medidas para asegurar el cumplimiento efectivo del orden público ambiental; reglas eficaces sobre el acceso equitativo a la información, la participación pública en la toma de decisiones y el acceso a la justicia ambiental; la auditoría ambiental y la elaboración de informes, junto con otros mecanismos eficaces de rendición de cuentas, transparencia, ética, integridad y lucha contra la corrupción.

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OBSERVACIONES GENERALES SOBRE LA SENTENCIA CHEVRON DE LA CORTE CONSTITUCIONAL DE ECUADOR

OBSERVACIONES GENERALES SOBRE LA SENTENCIA CHEVRON DE LA CORTE CONSTITUCIONAL DEL ECUADOR

Mario Peña Chacón[1]

El pasado 27 de junio del 2018, la Corte Constitucional del Ecuador dictó la sentencia número 230-18-SEP-CC, a través de la cual se negó la acción extraordinaria de protección planteada por la empresa Chevron y se declaró la no existencia de vulneración de derechos constitucionales, quedando firme la sentencia emitida el 12 de noviembre de 2013 por la Sala de lo Civil y Mercantil de la Corte Nacional de Justicia, que condenó a la petrolera estadounidense a pagar 9.500 millones de dólares por daños ambientales causados entre los años 1970 y 1992.

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TRIBUNAL AMBIENTAL EN CHILE CONFIRMA SANCIÓN A MINERA CANDELARIA POR CASI 2.800 MILLONES DE $

Según se lee en la prensa (véase nota de La Tercera), la empresa minera a cargo del proyecto minero de Candelaria en Chile no logró obtener el rechazo de una sanción y deberá pagar la suma de 2.798 millones de pesos chilenos, equivalente a unos 4.441.000 US$ por concepto de daño ambiental causado. Se trata de un importante complejo minero en la región de Atacama (véase informe técnicotitulado "Technical Report for the Candelaria Copper Mining Complex, Atacama Region, Region III, Chile"). 

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A PROPÓSITO DE UN RECIENTE REPORTAJE SOBRE LA PIÑA COSTARRICENSE DIFUNDIDO POR LA DW (ALEMANIA)

A propósito de un reciente reportaje sobre la piña costarricense difundido por la DW (Alemania) 

Nicolas Boeglin

Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, UCR

Hace unas semanas, una cadena de televisión alemana proyectó un reportaje sobre la piña costarricense denominada "Sweet Gold" o MD-2 que se importa en grandes cantidades en Alemania (véase  enlace  en You Tube del documental titulado "Costa Rica: el precio de la piña | DW Documental"). La MD-2 se ha impuesto en el mercado mundial, sustituyendo otras variedades de piña, como la "Hawaiana" o la "Cayena". 

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LA REVOLUCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS AMBIENTALES Y DE LOS DERECHOS DE LA NATURALEZA

LA REVOLUCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS AMBIENTALES Y DE LOS DERECHOS DE LA NATURALEZA

Mario Peña Chacón[1]

En los últimos tiempos, tanto a nivel global como regional, hemos venido experimentando lo que se podría denominar una verdadera revolución en materia de derechos humanos ambientales y de derechos de la naturaleza.

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2016. Derecho al día.