DECRETOS DE EMERGENCIA Y EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL

DECRETOS DE EMERGENCIA Y EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL

Mario Peña Chacón[1]

De conformidad con la jurisprudencia constitucional (votos 5668-94, 5654-95, 8001-97, 2004-1923, 2005-15769, 2006-1963, 2006-4497, entre otros) la vinculatoriedad es una  característica intrínseca del Derecho Ambiental, lo anterior como consecuencia directa del principio de legalidad  regulado por el artículo 11 constitucional y 11 de la Ley General de Administración Pública, en estricta relación con el artículo 50 constitucional y 11 del Protocolo de San Salvador, que reconocen expresamente al ambiente sano y ecológicamente equilibrado como derecho humano.

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EL ZIKA EN COSTA RICA: A PROPÓSITO DEL PRIMER CASO AUTÓCTONO

El zika en Costa Rica: a propósito del primer caso autóctono

Nicolas Boeglin (*)

Costa Rica confirmó recientemente el primer caso de zika autóctono. De esta manera, se convirtió en el último Estado de la región en proceder a este reconocimiento oficial, el cual fue seguido por una declaratoria de emergencia sanitaria en Guanacaste y posteriormente en 31 cantones. Un breve recuento se impone a la luz de las medidas tomadas en otros países, que permita apreciar mejor la extraña solicitud hecha por Costa Rica a la OMS de ser retirada de la “lista zika” el pasado 9 de febrero, así como algunos vacíos en las medidas anunciadas si las comparamos con las de otros Estados de la región.

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LEY OSTIONAL: EQUILIBRIO ENTRE AMBIENTE Y DERECHOS HUMANOS

LEY OSTIONAL: EQUILIBRIO ENTRE AMBIENTE Y DERECHOS HUMANOS

Mario Peña Chacón

A mediado del año 2013 y por invitación del Gobierno de Costa Rica, el Experto Independiente de las Naciones Unidas sobre la cuestión de las obligaciones de derechos humanos relacionadas con el disfrute de un medio ambiente sin riesgos, limpio, saludable y sostenible, realizó una visita país  con el propósito de examinar la forma en que Costa Rica hace efectivos los derechos humanos relacionados con la protección del medio ambiente, determinar las buenas prácticas y las enseñanzas extraídas, y analizar las dificultades con que se enfrenta el país para hacer realidad los derechos humanos relacionados con el medio ambiente.

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RESPONSABILIDAD PROPTER REM Y LA DEBIDA DILIGENCIA AMBIENTAL

RESPONSABILIDAD PROPTER REM Y LA DEBIDA DILIGENCIA AMBIENTAL

Mario Peña Chacón[1]

Tanto la legislación ambiental costarricense como la jurisprudencia constitucional, civil y penal  han desarrollado un régimen de responsabilidad por daño ambiental regido por una serie de principios,  reglas y criterios, entre ellos:  responsabilidad objetiva y solidaria, inversión de la carga probatoria y reparación integral del daño.

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EFECTIVIDAD DEL DERECHO AMBIENTAL. MÁS QUE UN DESAFÍO

EFECTIVIDAD DEL DERECHO AMBIENTAL.  MÁS QUE UN DESAFÍO[1]

MSc. Mario Peña Chacón

El principal problema actual de la legislación ambiental es su falta de efectividad, existiendo claras falencias tanto en el logro de sus objetivos y metas, como en su aplicación y cumplimiento sostenido y recurrente.

El derecho ambiental ha venido fallando en garantizar el mantenimiento y aseguramiento del equilibrio ecológico, la eficiencia económica y la equidad social entre las actuales y futuras generaciones.

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LA SOLICITUD DE INFINITO GOLD DE PONER TÉRMINO AL PROCEDIMIENTO DE ARBITRAJE CONTRA COSTA RICA ANTE EL CIADI: BREVES REFLEXIONES

La solicitud de Costa Rica de poner término al procedimiento de arbitraje  interpuesto por Infinito Gold ante el CIADI: breves reflexiones

 Nicolas Boeglin (*)

El pasado 24 de julio del 2015, Costa Rica solicitó poner un término al procedimiento arbitral interpuesto por la empresa minera Infinito Gold ante el Centro Internacional de Arreglo de Disputas entre Inversionistas Extranjeros y Estados (más conocido como CIADI en español, ICSID en inglés). Unos días antes, el 15 de julio del 2015, se informó en la prensa especializada (ver  nota de prensa  titulada "Infinito Gold Ltd. Announces Resignation of All Directors and Officers") de la renuncia de todos los directivos y funcionarios de la empresa debido a su delicada situación financiera: "As a result of the aforementioned working capital deficit and given the fact that the Company's major shareholder and creditor has advised the Company that it is unwilling to advance any further funds to the Company, the Company has concluded that it will not be possible for it to continue operations". Dos días después, en un sitio especializado en valores bursátiles (ver sitio) se mencionada que: ”Further to the TSX Venture Exchange (TSXV) Bulletin and Infinito Gold Ltd.'s press release both dated July 15, 2015, effective at the opening on July 17, 2015, trading in the shares of the company will be suspended for failure to maintain Exchange requirements“. (colocar sección “Snapshot” para leer la nota completa). La sección “Charts” en este mismo enlace  - colocar los últimos 5 o 10 años - permite apreciar cuán sensible fue el valor bursátil de las acciones de Infinito Gold Ltd a eventos ocurridos en Costa Rica, incluidos los episodios que se dieron ante los estrados judiciales costarricenses, en particular a partir del 2008. Cabe indicar que la salud financiera de la empresa canadiense Infinito Gold había sido objeto de un interesante artículo de opinión del activista canadiense Rick Arnold, publicado en mayo del 2015 en Costa Rica, titulado: ”Op-ed: 'Zombie' Canadian mining company, Infinito Gold, stalks Costa Rica”: en la parte final del  texto, se lee por parte del periódico que lo publicó que:” The Tico Times sought a response from Infinito Gold to this opinion piece. Calls made to the company’s Costa Rica office and to its Canadian headquarters were not returned, and emails were unanswered”.

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2016. Derecho al día.