¿ESTÁ BIEN OTORGADO EL CONTRATO CON APM TERMINALS COMO LO DICE EL GOBIERNO?

¿ESTÁ BIEN OTORGADO EL CONTRATO CON APM TERMINALS COMO LO DICE EL GOBIERNO?

 

En días recientes, he iniciado un análisis legal y constitucional del contrato a APM TERMINALS CENTRAL AMERICA B.V. derivado la Licitación Pública Internacional N°2009LI-000001-00200 para la “Concesión de Obra Pública con Servicio Público para el Financiamiento, Diseño, Construcción, Operación y Mantenimiento de la Terminal de Contenedores en Puerto Moín”.

 

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¿COMO EXPLICAR UNA DENEGACIÓN DE JUSTICIA DE LA SALA PRIMERA A UNA PERSONA CON DISCAPACIDAD?

¿COMO EXPLICAR UNA DENEGACIÓN DE JUSTICIA DE LA SALA PRIMERA A UNA PERSONA CON DISCAPACIDAD?

 

Me ha sido difícil explicar a una persona con discapacidad, usuaria de silla de ruedas, que luego de haber sufrido una discriminación en un cajero automático del Banco Nacional, al no ser accesible a personas usuarias de silla de ruedas; luego de ganar un Recurso de Amparo contra el Banco por dicho motivo, y luego de ganar en primera instancia, una demanda contenciosa de ejecución del amparo, donde le concedieran una suma de 850.000 colones por concepto del daño moral sufrido en dicha ocasión; finalmente la Sala Primera  desconociera todo, y declinara en otorgar cualquier indemnización por daño moral.

 

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ARGENTINA ANUNCIA QUE DEMANDARÁ NUEVAMENTE A URUGUAY ANTE LA CORTE INTERNACIONAL DE JUSTICIA (CIJ)

Argentina anuncia que demandará nuevamente a Uruguay ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ)

 

Nicolás Boeglin

Profesor de Derecho Internacional Público en la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica (UCR)

 

El pasado viernes 13 de junio, Argentina indicó oficialmente a las autoridades de Uruguay que recurrirá nuevamente a la Corte Internacional de Justicia (CIJ). Ello debido a la decisión uruguaya unilateral de aumentar el volumen de producción de la planta de celulosa de capital finlandés UPM (antiguamente Botnia) ubicada en la orilla del río Uruguay, río fronterizo entre ambos Estados del Sur de América Latina. Como bien se sabe, el principio 2 de la Declaración de Rio de Janeiro de 1992 (que recoge la misma regla enunciada como principio 21 en la Declaración de Estocolmo adoptada 20 años atrás en 1972) establece de manera tajante que: “De conformidad con la Carta de las Naciones Unidas y los principios del derecho internacional, los Estados tienen el derecho soberano de aprovechar sus propios recursos según sus propias políticas ambientales y de desarrollo, y la responsabilidad de velar por que las actividades realizadas dentro de su jurisdicción o bajo su control no causen daños al medio ambiente de otros Estados o de zonas que estén fuera de los límites de la jurisdicción nacional”. Un proyecto industrial con posibles impactos ambientales transfronterizos situado en el margen de un río fronterizo es precisamente el tema que ha agitado las aguas entre Argentina y Uruguay en años pasados: ahora amenaza con una nueva tormenta legal.

 

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LAS COMUNIDADES GARÍFUNAS ANTE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS: UNA BREVE PERSPECTIVA

LAS COMUNIDADES GARÍFUNAS ANTE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS: UNA BREVE PERSPECTIVA

Nicolas Boeglin

Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR)

 
Durante esta semana que concluyó, se celebraron las audiencias ante los jueces de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en relación al caso que opone a la comunidad garífuna del Triunfo de la Cruz al Estado de Honduras: se trata de uno de los varios casos que oponen la comunidad garífuna al Estado hondureño desde varios años (Nota 1). Un estudio sobre la cultura garífuna isleña de Honduras ya advertía hace unos años que: “/…/  debo decir que, las organizaciones garífunas hondureñas, no reciben impuestos, no sustituyen al Estado, ni a las municipalidades del país; únicamente luchan por una sociedad incluyente, participativa, justa, libre de racismo y con igualdad de oportunidades para todas y todas. El Estado hondureño, está llamado a corregir las inequidades históricamente producidas, dado que las comunidades deben ser y son sujetas de las decisiones y de los cambios” (Nota 2).

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INFORME SOBRE COSTA RICA DEL RELATOR DE NNUU SOBRE AMBIENTE Y DDH

Consejo de Derechos Humanos

25º período de sesiones

Tema 3 de la agenda

Promoción y protección de todos los derechos humanos,
civiles, políticos, económicos, sociales y culturales,
incluido el derecho al desarrollo

               Informe del Experto independiente sobre la cuestión de las obligaciones de derechos humanos relacionadas con el disfrute de un medio ambiente sin riesgos, limpio, saludable y sostenible, John H. Knox

                         Adición

                   Misión a Costa Rica* **

      Resumen

      En este informe, presentado de conformidad con la resolución 19/10 del Consejo de Derechos Humanos, el Experto independiente sobre la cuestión de las obligaciones de derechos humanos relacionadas con el disfrute de un medio ambiente sin riesgos, limpio, saludable y sostenible expone sus conclusiones y formula recomendaciones sobre la base de la visita que realizó a la República de Costa Rica del 28 de julio al 1 de agosto de 2013. Durante la visita, el Experto independiente examinó la forma en que el país hace efectivos los derechos humanos relacionados con la protección del medio ambiente, determinó las buenas prácticas y las enseñanzas extraídas y analizó las dificultades con que se enfrenta el país para hacer realidad los derechos humanos relacionados con el medio ambiente.

 

 

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INFORME DE NACIONES UNIDAS SOBRE AMBIENTE Y DERECHOS HUMANOS EN COSTA RICA

Informe de Naciones Unidas sobre Ambiente y Derechos Humanos en Costa Rica

Nicolás Boeglin

Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR)

 

Desde la semana pesada está disponible el texto del informe del Experto independiente de las Naciones Unidas sobre la cuestión de las obligaciones de derechos humanos relacionadas con el disfrute de un medio ambiente, el señor John H. Knox.  Este experto independiente forma parte de los 37 mandatos temáticos en materia de derechos humanos actualmente funcionando en el marco de sistema de derechos humanos de las Naciones Unidas (ver listado oficial, el cual distingue a los “expertos independientes” de los “relatores especiales” y “grupos de trabajo”, según la terminología oficial), conjuntamente con 14 mandatos por país (ver listado oficial). A estos, debemos, en aras de tener el panorama completo, añadir los 9 órganos de tratados (ver listado oficial) encargados de velar por el cumplimiento de las obligaciones contraídas por los Estados en estos instrumentos internacionales. El informe de John H.  Knox fue elaborado a raíz de la visita efectuada en Costa Rica en julio-agosto del año 2013: se trata de un documento oficial de Naciones Unidas que ha sido poco divulgado en medios de prensa así como por parte de las autoridades salientes de Costa Rica.

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2016. Derecho al día.