REFORMA A LA LEY REGULADORA DEL MERCADO DE VALORES, CÓDIGO DE COMERCIO, LEY REGULADORA DEL MERCADO DE SEGUROS, LEY ORGÁNICA DEL BANCO CENTRAL DE COSTA RICA, LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL, RÉGIMEN PRIVADO DE PENSIONES COMPLEMENTARIAS, Y CÓDIGO PENAL

LEY 9746

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA DECRETA:

REFORMA DE LA LEY N.º 7732, LEY REGULADORA DEL MERCADO DE VALORES DE 17 DE DICIEMBRE DE 1997; LEY N.º 3284, CODIGO DE COMERCIO, DE 30 DE ABRIL DE 1964; LEY N.º 8653, LEY REGULADORA DEL MERCADO DE SEGUROS, DE 22 DE JULIO DE 2008; LEY N.º 7558, LEY ORGANICA DEL BANCO CENTRAL DE COSTA RICA, DE 3 DE NOVIEMBRE DE 1995; LEY N.º 7333, LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL, DE 5 DE MAYO DE 1993, LEY N.º 7523-1, RÉGIMEN PRIVADO DE PENSIONES COMPLEMENTARIAS, DE 7 DE JULIO DE 1995; Y DE LA LEY N.º 4573, CÓDIGO PENAL, DE 4 DE MAYO DE 1970

 

PUBLICADA EN EL ALCANCE 231 A LA GACETA 200 DEL 22 DE OCTUBRE DE 2019

ARTÍCULO 1- Se reforman el artículo 2; el numeral 2 del inciso a) del artículo 117; el artículo 151; los incisos 12) y 17) del artículo 157; el inciso 14) del artículo 159 y los artículos 166, 174 y 175 de la Ley N.º 7732, Ley Reguladora del Mercado de Valores, de 17 de diciembre de 1997. Los textos son los siguientes:

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REFORMA DE LOS ARTÍCULOS 25, 34, 88 Y 89 Y ADICIÓN DEL INCISO P)AL ARTÍCULO 3 Y DE LOS ARTÍCULOS 52 BIS, 88 BIS, 88 TER, ELARTÍCULO 100 AL CAPÍTULO X, SANCIONES, Y EL TRANSITORIO VA LA LEY N.° 7530, DE 10 DE JULIO DE 1995

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICADECRETA:

REFORMA DE LOS ARTÍCULOS 25, 34, 88 Y 89 Y ADICIÓN DEL INCISO P) AL ARTÍCULO 3 Y DE LOS ARTÍCULOS 52 BIS, 88 BIS, 88 TER, ELARTÍCULO 100 AL CAPÍTULO X, SANCIONES, Y EL TRANSITORIO VA LA LEY N.° 7530, DE 10 DE JULIO DE 1995

ARTÍCULO 1-Se reforman los artículos 25, 34, 88 y 89 de la Ley N.° 7530, Ley de Armas y Explosivos, de 10 de julio de 1995. Los textos son los siguientes:

Ley completa

RESPONSABILIDAD DE LAS PERSONAS JURÍDICAS SOBRE COHECHOS DOMÉSTICOS, SOBORNO TRANSNACIONAL Y OTROS DELITOS

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA DECRETA:

RESPONSABILIDAD DE LAS PERSONAS JURÍDICAS SOBRE COHECHOS DOMÉSTICOS, SOBORNO TRANSNACIONAL Y OTROS DELITOS

TÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES

CAPÍTULO ÚNICO

ARTÍCULO 1- Objeto de la presente ley

La presente ley regula la responsabilidad penal de las personas jurídicas respecto de los delitos contemplados en la Ley N.° 8422, Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública, de 6 de octubre de 2004, en sus artículos 45, 47, 48, 49, 50, 51, 52, 55, 57 y 58 y los delitos contemplados en la Ley N.° 4573, Código Penal, de 4 de mayo de 1970, en sus artículos 347, 348, 349, 350, 351, 352, 352 bis, 353, 354, 355, 361, 363, 363 bis y 368 bis, el procedimiento para la investigación y el establecimiento de dicha responsabilidad penal, la determinación de las sanciones penales correspondientes y la ejecución de estas, así como los supuestos en los cuales la presente ley resulta procedente.

Lo anterior, sin perjuicio de la responsabilidad penal individual de las personas físicas por la comisión de cualquiera de los delitos mencionados en el párrafo primero de este artículo

Ley completa

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA DECRETA: MODIFICACIÓN DE LOS ARTÍCULOS 71 Y 72 DE LA LEY N.º 4573, CÓDIGO PENAL

LEYES

9628

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA DECRETA: MODIFICACIÓN DE LOS ARTÍCULOS 71 Y 72 DE LA LEY N.º 4573, CÓDIGO PENAL, DE 4 DE MAYO DE 1970

ARTÍCULO 1- Adición del inciso g) al artículo 71 de la Ley N.º 4573, Código Penal.

Se adiciona el inciso g) al artículo 71 de la Ley N.º 4573, Código Penal, de 4 de mayo de 1970. El texto es el siguiente:

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REFORMA AL ARTÍCULO 56 BIS DEL CÓDIGO PENAL

LEY 9525

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA

DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

DECRETA:

REFORMA DEL ARTÍCULO 56 BIS DE LA LEY N.º 4573,

CÓDIGO PENAL, DE 4 DE MAYO DE 1970

ARTÍCULO ÚNICO- Se reforma el artículo 56 bis de la Ley N.º 4573, Código Penal, de 4 de mayo de 1970. El texto es el siguiente:

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LEY 9458 DE BIENESTAR ANIMAL

9458

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA DECRETA:

REFORMAS DE LA LEY N.º 4573, CÓDIGO PENAL, DE 4 DE MAYO DE 1970 Y REFORMAS DE LA LEY N.º 7451, BIENESTAR

DE LOS  ANIMALES,  DE 16 DE  NOVIEMBRE DE 1994

ARTÍCULO 1.- Se  reforman  los  artículos  7,  12,  y  21,  y  se  adicionan los nuevos  artículos  15 bis,  21 bis,  24 bis, 24 ter  y  24 quáter,   todos  de  la  Ley N.º 7451, Bienestar de los Animales, de 16 de noviembre de 1994. Los textos son los  siguientes:

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2016. Derecho al día.