COLOMBIA FACILITA A LOS TRANSEXUALES EL CAMBIO DE GÉNERO EN EL REGISTRO

Camilo Losada tiene 26 años y desde hace tres ha visto cómo el mundo laboral le cierra la puerta. Su nombre corresponde, desde que cumplió 23, al de un hombre, su identidad de género desde mucho tiempo atrás también, pero en su tarjeta de identificación aparece bajo el rótulo "femenino". Es transexual y la normativa que hasta ahora existía en su país, Colombia, le había impedido que diera el paso que le faltaba para que su aspecto físico, pensamiento y nombre fueran coherentes con el género que lo identifica en sus documentos. 

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PUEBLOS INDÍGENAS EN SALITRE LAS MEDIDAS CAUTELARES SOLICITADAS A COSTA RICA POR LA CIDH (2)

Pueblos indígenas en Salitre: las medidas cautelares solicitadas a Costa Rica por la CIDH

Nicolas Boeglin (*)

Versión al 5-06-2015 El 30 de abril del 2015, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos solicitó a Costa Rica medidas cautelares en favor de las poblaciones indígenas Teribe y Bribri ubicadas en Salitre. Una llamada de atención que viene a recordar una deuda histórica del Estado costarricense con relación a los derechos de las comunidades indígenas y la desprotección a la que son sometidos los indígenas en sus propios territorios.

Introducción

El pasado 30 de abril del 2015, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (en adelante CIDH) decidió solicitar a Costa Rica medidas cautelares en aras de proteger la vida y la integridad física de las poblaciones indígenas Teribe y Bribri ubicadas en Salitre de Puntarenas. Se trata de varios territorios indígenas ubicados en esta zona en la que desde varios años las comunidades indígenas intentan recuperar sus tierras, ocupadas por finqueros y empresarios.

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EL CONTROL DE CONVENCIONALIDAD COMO MECANISMO PARA COMBATIR LA DISCRIMINACIÓN JURÍDICA POR ORIENTACIÓN, IDENTIDAD Y EXPRESIÓN DE GÉNERO EN C.R.

El control de convencionalidad como mecanismo para combatir la DISCRIMINACIÓN JURÍDICA POR  ORIENTACIÓN, IDENTIDAD Y EXPRESIÓN DE GÉNERO EN C.R.

Profesora Rosaura Chinchilla Calderón

Resumen: C.R. es, según el constituyente, un Estado Social y Democrático de Derecho que, en el ámbito internacional, promueve una imagen de Nación respetuosa de los derechos humanos. No obstante, a lo interno, en las últimas décadas, se ha venido deteriorando el desarrollo, ya no solo de los derechos socio-económicos, sino, también, del control al respeto a las libertades individuales, por los órganos llamados a ejercerlo. El país ha sido condenado, por la Corte Interamericana de Dereechos Humanos (C.I.D.H. en adelante), en dos ocasiones, por vulnerar la Convención Americana de Derechos Humanos (respecto al derecho, de la persona condenada, de tener un recurso amplio contra la sentencia que le impone una sanción y por la prohibición de permitir la fecundación in vitro) y la situación interna, en torno al goce de los derechos de las personas no heterosexuales, amenaza con generar una nueva condena, dado que el Estado, por omisión de sus diversos órganos, se ha negado, sistemáticamente, a regular lo referente a los derechos patrimoniales y personales derivados de las uniones homosexuales y lésbicas. En este ensayo se aborda por qué esa condena resulta inminente y el estado de cosas imperante, en ese tema, en nuestro país, así como la vía que posee la judicatura ordinaria, en especial la de familia, para que, dejando al margen los pronunciamientos de la Sala Constitucional que se ha negado a adoptar posturas más radicales en beneficio de este grupo poblacional, asuma el rol de garante de los derechos fundamentales que le compete y suprima, directamente, cualquier forma de discriminación derivada de nuestra vetusta legislación y de los prejuicios culturales que revela. Asimismo, se insiste en la conveniencia que el Gobierno de turno gestione, ante la C.I.D.H., la emisión de una opinión consultiva sobre el tópico que allane el camino legislativo.

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RECONOCIMIENTO UNIÓN DE HECHO PERSONAS DEL MISMO SEXO. APLICACIÓN DEL CONTROL DE CONVENCIONALIDAD‏

EXPEDIENTE :13-001709-0165-FA

PROCESO: RECONOCIMIENTO DE UNION DE HECHO

PROMOVENTE: GCM

SENTENCIA. NO. 270-15

JUZGADO DE FAMILIA, II CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSE,MONTELIMAR, a las ocho horas del quince de abril de dos mil quince.-

PROCESO DE RECONOCIMIENTO DE UNION DE HECHO, planteado por GCM, mayor, soltero, vecino

, con el objeto que se reconozca su unión con; CAZ D, mayor, soltero, vecino de Moravia, con …,

Resultando:

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CÁPSULA 6: CONTROL DE CONVENCIONALIDAD: PLAZO DE LA PRISIÓN PREVENTIVA

Cápsula 6:

CONTROL DE CONVENCIONALIDAD:

Plazo de la prisión preventiva

¿Es inconvencional la validación de plazos de detención cautelar sin límite alguno?

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COMUNIDAD GAY CELEBRA FALLO QUE RECONOCE PRIMERA UNIÓN DE HECHO HOMOSEXUAL

El líder del Movimiento Diversidad, Marco Castillo, celebró el fallo del Juzgado de Familia de Goicoechea que reconoce la primera unión de hecho homosexual en Costa Rica

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2016. Derecho al día.