FIJACIÓN DE SALARIOS MÍNIMOS PARA EL SECTOR PRIVADO QUE REGIRÁN A PARTIR DEL 1º DE ENERO DE 2013

Nº 37397-MTSS

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

En ejercicio de las potestades conferidas en el artículo 140, incisos 3) y 18) de la Constitución Política y la Ley N º 832 del 4 de noviembre de 1949 y sus reformas.

Leer más...

¿CÓMO SE LO EXPLICO SEÑOR (A) DIPUTADA?

¿CÓMO SE LO EXPLICO SEÑOR (A) DIPUTADA?

 Roy Murillo Rodríguez

¿Cómo le explico lo que siento?  A veces creo que todo esto es un mal sueño, que no puede ser, que la mediana solidez de nuestra institucionalidad jamás permitiría que esto suceda en Costa Rica.  Pero luego me doy cuenta de que todo es cierto, que es verdad, es más, el Presidente de la Asamblea Legislativa solucionó el asunto, pero que ustedes, ahora 26, continúan con este maltrato a los jueces y al Poder Judicial y a todos los ciudadanos.

 

Leer más...

APROBACIÓN DEL CONVENIO INTERNACIONAL PARA LA REPRESIÓN DE LOS ACTOS DE TERRORISMO NUCLEAR

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

DECRETA:

 APROBACIÓN DEL CONVENIO INTERNACIONAL PARA

LA REPRESIÓN DE LOS ACTOS DE TERRORISMO NUCLEAR

 

ARTÍCULO 1.-

 

  Apruébase, en cada una de sus partes, el Convenio Internacional para la Represión de los

Actos de Terrorismo Nuclear, suscrito por Costa Rica, en la ciudad de Nueva York, el 14 de

setiembre de 2005. El texto es el siguiente:

 

Leer más...

PELIGRO PARA EL ESTADO DE DERECHO

Peligro para el Estado de Derecho.

Comisión de la Maestría en Ciencias Penales

Facultad de Derecho

Universidad de Costa Rica

Prof. Dr. Javier Llobet Rodríguez.

Prof. Dr. Carlos Tiffer Sotomayor.

Prof. Dr. Alfredo Chirino Sánchez .

Prof.Dr. Álvaro Burgos Mata.

Prof. Dr. Gustavo Chan Mora.

 

La función de los jueces en la democracia es objeto de mucho debate.  La resolución de casos y el sometimiento a la Constitución Política y a las leyes suenan al lego como una retórica de otros tiempos y a una competencia que nadie entiende.  Sin embargo, no deja de sorprender las altas cotas de confianza pública en el buen hacer de la justicia, especialmente de la justicia constitucional.  Para el costarricense, a diferencia de otros regímenes constitucionales en nuestro margen cultural, el juez que interpreta la Carta Magna es un juez cercano que resuelve en justicia las más diversas controversias, y lo que él dice se convierte, más que por la voluntad de su condición de fallo erga omnes, por el convencimiento de su efecto práctico, en una decisión que se integra al inconsciente colectivo como justicia para el caso concreto.

Leer más...

LA SOBERBIA LEGISLATIVA

La soberbia legislativa

Gerardo Huertas Angulo

Abogado litigante en LEXPENAL Abogados

 

La reciente destitución del magistrado Fernando Cruz –así, destitución, aunque se pretenda sostener que fue otra cosa- supone un nefasto precedente y una afrenta directa a la independencia judicial como principio fundamental en todo Estado de Derecho. Maliciosamente se intenta disfrazar como una “no reelección” lo que en realidad es una clara destitución, siendo que desde octubre de este año la reelección del señor Cruz se había dado de forma automática por mandato constitucional (art. 163 de la Constitución Política). Pero todavía más absurdos e hipócritas son los argumentos con base en los cuales el diputado Fabio Molina –en representación del partido Liberación Nacional- pretende justificar esta decisión, igualados en cinismo únicamente por su infame “ideología chuchinguista.”

Leer más...

ATAQUES A LA INDEPENDENCIA JUDICIAL. LA VÍCTIMA ES LA CIUDADANÍA

Ataques a la Independencia Judicial. La Víctima es la Ciudadanía

 

Raymond Porter Aguilar

Juez asociado a la ACOJUD

 

En estos momentos aciagos para nuestra democracia,  se ha dicho que la no relección de un ejemplar jurista como el Dr. Fernando Cruz en la magistratura es un menoscabo a la Independencia Judicial. Debe precisarse el porqué de tal aseveración, pues la ciudadanía debe advertir el grave daño que  la institucionalidad del país ha sufrido.  La Independencia e Imparcialidad Judicial aparte de ser características que definen la figura de quien ha de juzgar, en el Estado de Derecho son garantías al servicio y protección de todos los ciudadanos, al acudir ante los tribunales a dirimir nuestros conflictos esperamos que la persona encargada de resolverlos lo haga únicamente conforme a la ley y la prueba,  nunca bajo el temor de perder su empleo a causa del poder de nuestro contendor. Quien juzga debe estar a resguardo de represalias de quienes ostentan poder formal o fáctico y no les ha agradado o convenido lo resuelto.

Leer más...

2016. Derecho al día.