SUMA INJURIA

SUMA  INJURIA

                                                                                                              Walter Antillon

El poder de nombrar a los magistrados de la Corte que la Constitución confiere a la Asamblea Legislativa debe ser ejercido por ésta para proclamar, reafirmar, garantizar, consolidar los altos valores que la misma Constitución consagra y tutela.  Se pone o se quita a un magistrado para reafirmar la justicia, la democracia, la independencia y dignidad de los jueces; para asegurar la vigencia de los derechos humanos.

 

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LA JUSTICIA MANCILLADA

        La justicia mancillada

Rosaura Chinchilla Calderón

Jueza

 

La primera noche ellos se acercan y cogen una flor de nuestro jardín, y no decimos nada.

La segunda noche ya no se esconden

pisan las flores, matan nuestro perro y no decimos nada.

Hasta que un día el más frágil de ellos entra sólo en nuestra casa, nos roba la luna,

y conociendo nuestro miedo nos arranca la voz de la garganta.

Y porque no dijimos nada ya no podemos decir nada"

Maiakovski (1893-1930)

 

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CONSTITUCIONALIDAD DE LA NORMA QUE PERMITE REALIZAR NUEVO JUICIO, CUANDO SE RESUELVE UN PROCEDIMIENTO DE REVISIÓN DE SENTENCIA, SIEMPRE QUE SE INTERPRETE SEGÚN LOS ALCANCES QUE ESTABLECEN EN ESTA SENTENCIA

CONSTITUCIONALIDAD DE LA NORMA QUE PERMITE UN NUEVO JUICIO AL RESOLVER UN PROCEDIMIENTO DE REVISIÓN DE SENTENCIA SIEMPRE QUE SE INTERPRETE SEGÚN LOS ALCANCES QUE ESTABLECE LA SENTENCIA

Lo que está prohibido,  tanto por el Pacto como por la Constitución, es celebrar un nuevo juicio contra el sentenciado en sentido pleno, es decir, recibir nueva prueba de cargo o variar la pena o la calificación jurídica del hecho con base en una nueva apreciación de   los hechos  o de  la prueba,  entre otros.    Sin embargo,  el Pacto no impide  el  reenvío  de  la  causa  para  un  nuevo  juicio  si  ello  es  estrictamente necesario  para  favorecer  al  propio sentenciado,   pues  de  lo  contrario  se  haría imposible  el mismo recurso   de  revisión.   No  se  trata  de  un  nuevo  juzgamiento, pues  no  se puede   volver  a  revisar  la  culpabilidad  del acusado   ni  recibir  nueva prueba  para  revisar  los hechos  establecidos   en  la  primera sentencia.    Lo  que  el Pacto prohíbe y  también  la Constitución- es  la sustanciación de un nuevo  juicio donde  se  revisen aspectos   de culpabilidad,   se reciba   nueva prueba   o  se  varíe  la calificación  jurídica o  la pena   en virtud de una nueva apreciación de   los hechos establecidos  en  la  primera  sentencia  o  de  la prueba   allí  recibida,  es    decir,  se juzgue  nuevamente  al sentenciado   en  forma  plena  e  irrestricta.

 

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REFORMA AL CÓDIGO PENAL

Reforma a varios artículos del Código Penal.

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